Informamos a nuestros socios que, mediante un Decreto Supremo del Ministerio de Defensa Nacional, publicado el jueves 29 de julio en el Diario Oficial, se aprobó modificar el período de vigencia de las certificaciones médicas aeronáuticas contenidas en el DAR 61 de la DGAC.
Lo anterior, con el propósito de adaptarse a las indicaciones sugeridas por la Organización de Aviación Internacional en sus normas y métodos recomendados.
De esta manera el período de vigencia de los certificados médicos para las licencias de alumno-piloto y piloto privado será de 60 meses, y se fija en 12 meses para la licencia de piloto comercial.
No obstante, cuando el titular de la licencia de piloto privado haya cumplido 50 años de vida el tiempo de validez del certificado será de 24 meses, en tanto que a los 60 años edad la certificación durará 12 meses.
Sin perjuicio de lo anterior, el tiempo de validez de la certificación médica aeronáutica se reducirá cuando sea clínicamente indicado.